Calle Antigua de Chiclayo, hoy Juan Cuglievan. Foto de Ricardo Silva Peralta en "Antiguas Fotos de Chiclayo" |
La información que brindo a continuación considera la contenida en el archivo de leyes y Decretos sin número, del Congreso de la República, emitidos entre 1820 y 1904. en trabajos posteriores mostraré las de la Provincia de Lambayeque.
El 12
de noviembre de 1827, el presidente José de la Mar firma una ley que indica “el
pueblo de Chiclayo perteneciente a la provincia de Lambayeque del Departamento
de La libertad, se denominará Villa…”.
El 17
de enero de 1833, los Sres. Manuel Tellería y José María de Pando presidentes
de las cámaras de Senadores y Diputados respectivamente, firman la ley que
establece “un colegio en la Villa de Chiclayo con la renta de los conventos
supresos de Saña…”.
El 20
de abril de 1833, el Sr. José María Corvacho, Ministro de Gobierno, emite un
Decreto respaldando el pedido del gobernador eclesiástico de Trujillo y separa
el curato de Eten del curato de Chiclayo. En el Decreto se lee “…nada más útil para
adelantar a los pueblos en el orden moral y político que el que formen
parroquias…ojalá fuera posible colocar un cura propio aun en la aldea más
pequeña…”.
Según
nuestra historia, el 18 de abril de 1835, el presidente Felipe Santiago Salaverry
eleva a la Villa de Chiclayo a la categoría de ciudad con el título de “heróica”
y crea, en el acto, la Provincia de Chiclayo; sin embargo, este dato no aparece
en el archivo del Congreso de la República. En dicho archivo se registra que el
20 de marzo de 1839, el presidente Agustín Gamarra crea la provincia de
Chiclayo conformada por “…los pueblos de Chiclayo, Picsi, Reque, Monsefú, Eten,
Saña, Pueblo Nuevo, Guadalupe, Jequetepeque, Chepén y San Pedro…” esto para
contribuir al “…reposo público y el mejor recaudo de las contribuciones…”.
Un decreto
del 22 de diciembre de 1846 ordena que el juez de aguas de Lambayeque lo sea
también de Chiclayo.
El 10
de enero de 1850, los Sres. Antonio de la Fuente y Bartolomé Herrera,
presidentes de las cámaras de Senadores y Diputados respectivamente, firman la
ley que faculta al gobierno que se “… asigne en el presupuesto general la
cantidad de mil seiscientos pesos para la dotación de dos cátedras…” en el
colegio San José de Chiclayo.
La ley
del 18 de diciembre de 1851 considera “que es de absoluta necesidad la creación
de un hospital en la ciudad de Chiclayo…” se determina que “…se destina el
local actualmente denominado ´Fábrica´… serán fondos de dicho hospital el tomín
de la Provincia de Chiclayo (impuesto pagado por los indios para el
sostenimiento de los hospitales) y demás rentas de la beneficencia…”.
El 08
de noviembre de 1853, el Congreso erige un juzgado de primera instancia en
Chiclayo “… por no ser suficiente el que existe ha decidido crear uno en la
provincia de Chiclayo” firmaron la ley el presidente de la Cámara de Senadores
Sr. Antonio de La Fuente y el presidente de la Cámara de Diputados Sr.
Francisco Forcelledo.
Mediante
Decreto del 12 de abril de 1856, “careciendo en el día las provincias de
Chiclayo y Lambayeque de un reglamento que determine el modo de distribuir las
aguas que riegan las haciendas y chacras de dichas provincias…” se autoriza que
dicha distribución se haga por el reglamento de aguas formado por el Dean
Saavedra que regía, en esa fecha, en Trujillo.
El 29
de octubre de 1857, el Consejo de Ministros otorga mediante decreto la
autorización a la Compañía Solf para la utilización de maquinaria novedosa para
limpiar y conservar arroz “… entendiéndose que este privilegio no perjudica el
derecho que tienen los agricultores… de continuar limpiándolo por el método que
han utilizado hasta ahora…”
Por Decreto
del 11 de mayo de 1859, se destina una partida presupuestal para la compra de
los útiles necesarios para la apertura del colegio de Chiclayo “… cuyo acto
anhela aquel vecindario…” se determina “…que se establezcan tres cátedras, una
de matemáticas puras y geografía, otra de filosofía e historia y la tercera de
latín, gramática castellana y religión…”; se nombra como Rector al Sr. Clemente
Peralta, Vicerrector al Sr. Juan Quevedo y Secretario al Sr. Martín Hernández.
El 23
de mayo de 1861, el presidente Ramón Castilla, firma la ley que asigna los
recursos para la refacción del claustro del convento supreso de San Francisco
de Chiclayo donde se alojó el colegio de ciencias (San José). Se aumenta el
sueldo al Rector del colegio y se crean las cátedras de francés e inglés.
El 29
de setiembre de 1866, el presidente Mariano I. Prado, firma el decreto que
organiza el Colegio Nacional de Chiclayo. Se establecen las secciones de la
institución, modalidad de contratación de profesores, asignaturas, entre otros.
Mediante
decreto del 21 de enero de 1868 se ordena que se haga extensivo al pueblo de
Chiclayo los beneficios del decreto emitido en Arequipa el mismo año “…relativo
a la indemnización de los daños causados en aquella ciudad con motivo de la
lucha allí sostenida…” refiriendo a la Revolución encabezada por el coronel
José Balta. Firma el vicepresidente Pedro Diez Canseco.
El 27
de noviembre de 1874 el Congreso acuerda la creación del Departamento de
Lambayeque compuesto por las provincias de Chiclayo y Lambayeque. El 01 de
diciembre, el vicepresidente del Perú Dr. Manuel Costas, en ausencia del
presidente Manuel Pardo, firma la ley de creación que, además, reconoce a
Chiclayo como capital del Departamento.
Una ley
del 27 de diciembre de 1887 firmada por Andrés A. Cáceres, establece como
rentas propias del colegio San José “5 centavos por cada 138 Kg. De arroz en
cáscara que se introduzcan a los molinos… 5 centavos por cada saco de 87 Kg. Que
se importe por los puertos de Pimentel y Eten… 25 centavos por cada 314 Kg. De maíz
que se consuma en los pueblos de dicho Departamento…”los ingresos fueron
administrados por la Junta Económica del colegio.
Mediante
ley del 26 de octubre de 1888, el presidente Andrés A. Cáceres, eleva a la
categoría de ciudad al pueblo de Monsefú y a la de Villa al pueblo de Eten.
El presidente
Remigio Morales Bermúdez, con fecha 25 de noviembre de 1892, emite la ley
destinando por una vez la cantidad de seis mil soles para los hospitales de
Lambayeque y Chiclayo administrados por las sociedades de beneficencia. Dicho monto
sería repartido en partes iguales.
El 18
de noviembre de 1893, el presidente Remigio Morales Bermudez firma la ley
creando un impuesto de “16 centavos de sol sobre cada 46 kilos de harina que se
consuma en las provincias de Lambayeque y Chiclayo…” para el “…sostenimiento de
sus respectivos hospitales a las sociedades de beneficencia de dichas
provincias…dos terceras partes para Chiclayo y una tercera parte para Lambayeque…”
El 08
de noviembre de 1894 el Congreso emite la ley creando el impuesto de “agentes
muestrarios” con la finalidad de “…crear fondos para facilitar el incremento de
la instrucción primaria de la provincia de Chiclayo…” el impuesto sería cobrado
por la municipalidad y oscilaría entre 5 y 50 soles “…según la calidad de los
artículos que negocien y la importancia de las ventas que efectúen…”, firman
César Canevaro, presidente de la Cámara de Senadores y Manuel María del Valle,
presidente de la Cámara de Diputados.
Mediante
ley del 18 de diciembre de 1895 se consideró “…urgente asegurar la subsistencia
del colegio nacional de San José de Chiclayo…” y se creó “un impuesto de 5
centavos por cada botija de chicha que se elabore en el Departamento de Lambayeque…”
el impuesto sería recaudado por las municipalidades y entregado a la Junta
económica del colegio. Firmó la ley el Sr. Nicolás de Piérola.
El 10
de agosto de 1898, los Sres. Manuel Candamo y Carlos de Piérola presidentes de
las cámaras de Senadores y Diputados respectivamente, crean un juzgado
privativo de aguas para las provincias de Chiclayo y Lambayeque en atención a “que
el desarrollo de la agricultura en el Departamento de Lambayeque así lo exige…”.
El 26
de setiembre de 1901, el presidente Eduardo López de Romaña, decreta “concédase
al colegio de educandas Nuestra de la Concepción, de la ciudad de Chiclayo el
uso del local del estado que actualmente ocupa, sin más obligación que la de
mantener gratuitamente a favor de las provincias del departamento, un número de
becas internas y externas, equivalente al alquiler del local, a juicio de la H.
Junta Departamental…” dicho local se ubica actualmente en la intersección de la
Av. Saenz Peña y la Calle San José, antiguo Palacio de Justicia.
El 30
de setiembre de 1901, el presidente del Congreso Sr. Mariano H. Cornejo
promulga la ley que otorga 200 libras de presupuesto para los estudios que
permitan proveer de agua potable a la ciudad de Chiclayo.
1 comentario:
Me gusto mucho éste artículo,
Publicar un comentario