El investigador Guillermo Figueroa Luna y su esposa la maestra Ninfa Idrogo Cubas, son autores del interesante trabajo “No queremos amos, Lambayecanos en lucha por libertad e igualdad (1750 – 1850)” en el cual, teniendo como base documentación del Archivo Regional de Lambayeque, califican la actitud de los esclavos en la colonia en las categorías de resistencia, adaptación (resignación) y colaboración (cooptación). Una categoría novedosa que utilizan es la de “adaptación en resistencia” que pertenece al historiador de la Universidad de Winsconsin Steve Stern, la cual particularmente comparto al considerar que en su obra: “Resistencia, rebelión y conciencia campesina en los Andes siglos XVIII y XIX – Lima, 1990) nos dice: “la historiografía sobre las rebeliones andinas del siglo XVIII no tuvo en cuenta el valor de las pequeñas insurrecciones y conflictos menores que se sucedieron durante las décadas de 1740-50 en adelante, y que posteriormente desencadenarían la gran rebelión de 1780-82, además del estudio de zonas geográficas alejadas de los polos insurrectos que durante décadas registraron pequeños conflictos regionales”. Debemos considerar la necesidad de aproximarnos al conocimiento de las manumisiones graciosas y pagadas, los litigios judiciales, cimarronaje, palenques, entre otros hechos de la vida ordinaria de los esclavos negros en nuestra tierra lambayecana.
Mediante el presente artículo de divulgación busco dar a conocer algunos de los litigios judiciales mas representativos propiciados por esclavos negros en el Partido de Lambayeque con la intención de lograr su libertad.
La “Causa Civil de 1817 entre Manuela de Córdova y María de los Santos Navarro, sobre la libertad de esta y sus hijos” narra el siguiente hecho: La española Manuela de Córdova vendió, en Julio de 1811, una esclava de nombre Aniceta a Josefa Isidora de Córdova (su pariente) a valor de 325 pesos. En febrero de 1812, Aniceta y su recién nacido, en cautiverio, hijo Enrique fueron revendidos a Santiago Burga. Sin embargo, la madre de Aniceta, María de los Santos Navarro apertura una causa judicial demandando la libertad de su hija y nieto. Sustentaba la demandante que habiendo nacido libre, su hija y, luego, su nieto también lo eran. En Noviembre de 1815 logra sentencia favorable de la real Audiencia, pero la sentencia se ejecuta recién el 21 de febrero de 1817, cuando se dirigió el decreto a los subdelegados de los partidos de Lambayeque y Piura, lugar de residencia de Aniceta y su nueva hija Feliciana de cuatro años. El pequeño Enrique había fallecido.
Ninguna autoridad fue sancionada por esta venta fraudulenta, pero “si tuvo que responder la sucesora de Manuela de Córdova que entregó otra esclava (de 9 o 10 años) y 75 pesos más” en retribución a los “perjudicados”.
La “Causa Civil de 1817 entre Josefa Ripalda y María Anselma Vellodas sobre la libertad de esta y sus hijos”, narra lo siguiente: El marido de María Anselma Vellodas, un “pardo libre” de nombre José de Portugal, acordó Josefa Ripalda (dueña de María Anselma) la compra de su mujer a cambio de 100 pesos que se pagarían a razón de 2 pesos mensuales. Cuando pagó la mitad de lo acordado, Josefa Ripalda se retractó del acuerdo y sometió a esclavitud a María Anselma y sus dos hijos.
María Anselma enjuició a Josefa Ripalda el 20 de Diciembre de 1817 y logró que en Junio de 1818 el Virrey Pezuela ordene “que no se le moleste hasta que el subdelegado de Lambayeque resuelva el asunto” La causa muestra dos datos interesantes, resaltados por los autores del artículo: Aunque el expediente está incompleto se puede inferir que el caso fue favorable a María Anselma Vellodas e hijos; además dicha mujer negra sabía firmar lo cual no era común.
La “Causa Civil de 1824 entre José Gavino Sosa, de Olmos, y el esclavo Andrés Arriaga, preso en la cárcel de Lambayeque” es un caso de expediente incompleto en el Archivo Regional y narra la demanda seguida por el esclavo negro anciano Andrés Arriaga contra su amo José Gavino Sosa; a quien acusó de hacerle trabajar duras y largas jornadas cada día, no brindarle buena alimentación y pretender una manumisión elevada al tasar su precio en 300 pesos rechazando los 200 que le ofreció a cambio de su libertad. Dice el negro Andrés que por ese motivo huyó (fue cimarrón) por espacio de 13 meses en que anduvo por las alturas de la sierra hasta ser atrapado. Por todo esto pedía se le diera “papel de venta”.
En otra causa civil seguida por María Evarista Muñecas y su esposo Manuel Salés, piden al alcalde de Chiclayo disminución del precio de tasación que sobre María Evarista hizo su amo Manuel Pacífico Enec. Fundamentaron su pedido aduciendo que María Evarista arrojaba sangre por la boca y, por lo tanto los 400 pesos que pedía Manuel Pacífico Enec eran excesivos.
No todos los casos fueron favorables a los esclavos negros. La esclava María de la Cruz Navarrete denunció a su amo Leandro Reaño en Junio de 1834. Reaño que era un hombre influyente por haber sido gobernador, fue acusado por María de la Cruz de: “maltratos, exceso de trabajo, no darle ni un vestido y, por el hecho de haber dedicado unas horas a buscar otro dueño, tenerla detenida en casa con el aspecto de presa… además habiendo sido comprada en 270 pesos, ahora se exigían 300 como pago de su manumisión”. Muy poco tiempo después, el juez sentenció: “Sin lugar la demanda de la esclava María de la Cruz. Pudiendo su amo castigarla cuando diese margen, esto es cuando cometiere alguna falta…”